Estimadas familias:
Mañana a las 19:30 en la Factoría Joven del Paseo Fluvial tendrá lugar el Concierto de Primavera de la Orquesta del Colegio.
iOs animamos a asistir!
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Estimadas
familias:
Se ha publicado hoy, 23 de marzo de 2023, en
el DOE, la orden por la que se aprueban las bases reguladoras de las
subvenciones destinadas a ayudas de comedor escolar del alumnado de centros
docentes sostenidos con fondos públicos.
En este enlace podéis acceder al documento completo:
http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2023/570o/23050064.pdf
Aquí se muestra un resumen de los puntos más relevantes.
REQUISITOS DE
LOS BENEFICIARIOS:
1. Con carácter general:
a) Tener
residencia familiar en Extremadura en la fecha de la solicitud o la condición
de extremeño/a, de conformidad con la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del
Estatuto de los extremeños en el exterior.
b) Ser
poseedor de un número de identificación fiscal, ya sea de carácter definitivo o
de carácter provisional, a fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
2. Además de los anteriores,
habrán de reunir los requisitos de carácter específico
1º. Estar
escolarizado/a en Educación Infantil, Enseñanza Primaria obligatoria en los
centros docentes sostenidos con fondos públicos.
2º. Carecer el
centro donde está escolarizado el alumnado de servicio de comedor escolar
gestionado por la Administración educativa.
3º. Estar inscrito/a como usuario/a del
comedor escolar en el primer trimestre del curso académico correspondiente al
año en el que se publique la convocatoria.
LAS SOLICITUDES
SE PUEDEN PRESENTAR:
a) En los registros de la Consejería con competencias en materia de
educación, en los centros de atención administrativa, en las oficinas de
respuesta personalizada, o en cualquiera de los registros u oficinas a que
se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que
se implanta un Sistema de Registro Único en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y se regulan las funciones administrativas del mismo, en
concordancia con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. En el caso de que optaran por presentar su solicitud en una oficina
de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y
sellada antes de ser certificada.
b) O por medios electrónicos, preferentemente en el Registro Electrónico
de la Junta de Extremadura ubicado en la siguiente dirección electrónica (https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf)
Las personas interesadas que
utilicen medios electrónicos deberán disponer para la autentificación y para la
firma electrónica de las mismas de
certificado electrónico en vigor.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
Se formalizarán las solicitudes
de ayuda según el modelo que se acompaña como anexo I a la presente orden.
“Alta de terceros”
del alumnado, referido a la cuenta bancaria en que desea se le ingrese la
ayuda. No obstante, en el caso de encontrarse de alta, deberán reflejar los
veinte dígitos de la cuenta bancaria en el anexo I. La cuenta bancaria deberá
estar abierta a nombre del/la alumno/a, y de su representante legal, si es
menor de edad.
Documento de Identificación Fiscal, el órgano gestor lo
recabará de oficio. En el caso de que se oponga de manera expresa a tal
actuación, la persona interesada quedará obligada a aportar fotocopia
compulsada del documento. En cualquier caso, el número de identificación fiscal
de la persona interesada debe coincidir con el/la titular de la cuenta bancaria
que se especifica para el cobro de la ayuda.
EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Será de dos meses a partir del día
siguiente al de la publicación en el DOE.
Un saludo,
Eva García Lombardo.